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CASOS CON EL FONDO DEL SEGURO DEL ESTADO

  • Foto del escritor: Lcdo. Pedro A. Crespo
    Lcdo. Pedro A. Crespo
  • 7 mar 2018
  • 1 Min. de lectura

Una vez un obrero presenta una reclamación a la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE),  es acreedor de ciertos beneficios otorgados por la Ley de Compensaciones por Accidentes del Trabajo,  entre los que se destacan: 📷✔ Tratamiento médico rehabilitador 📷✔ Pagos de dietas por incapacidad transitoria  📷✔ Compensación por incapacidad total o parcial permanente 📷🚩Las compensaciones por incapacidad permanente serán otorgadas una vez el caso esté relacionado  causalmente con el empleo y se determine que es compensable bajo los criterios establecidos en la Ley. 📷⚠️Esta misma Ley provee los mecanismos para que usted pueda presentar una apelación ante la  Comisión Industrial de Puerto Rico si no está de acuerdo con la decisión tomada en su caso. ¿Necesita un abogado? ¡Le podemos asistir! Llámenos al 📷📞939.337.5550 #abogadolaboral #abogadodelfondo #abogadodelacomisiónindustrial#fondodelsegurodelestado #comisiónindustrial

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